LEY 3/1985, DE 10 DE JULIO, DE CREACIÓN DEL ORGANISMO AUTÓNOMO IMPRENTA REGIONAL DE MURCIA. Imprimir

TRAMITACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE CREACIÓN DEL ORGANISMO AUTÓNOMO IMPRENTA REGIONAL DE MURCIA.

  • Acuerdo del Consejo de Gobierno: 25-IV-85.
  • Registro y fecha de entrada: I-3596; 2-V-85.
  • Admisión a trámite: 8-V-85.
  • Publicación: BOAR nº 102, de 9-V-85.
  • Enmiendas presentadas: A LA TOTALIDAD: tres (dos del G.P. Mixto, una con texto alternativo, y otra del G.P. Popular). BOAR nº 107, de 31-V-85. Rechazadas en sesión plenaria de 11-VI-85. Diario de Sesiones nº 57.PARCIALES: 74 (6 del G.P. Socialista, 47 del G.P. Mixto y 21 del G.P. Popular). BOAR nº 107, de 31-V-85.
  • Dictamen emitido por la Comisión de Asuntos Generales en reunión de 27-VI-85. BOAR nº 114, de 27-VI-85.
  • Aprobado en sesión plenaria de 28-VI-85. Diario de Sesiones nº 61.
  • Publicación de la ley: BOAR nº 115, de 2-VII-85. BORM nº 172, de 30-VII-85.

DESARROLLADA POR:
 

  • DECRETO 51/1986, DE 23 DE MAYO, DE CREACIÓN DEL ORGANISMO AUTÓNOMO IMPRENTA REGIONAL DE MURCIA; (BORM Nº 143; DE 24/06/1986, CORRECCIÓN ERRORES Nº 173); MODIFICADO POR EL DECRETO 33/1997, DE 6 DE JUNIO (BORM Nº 129; 06/06/1997)

DEROGADA POR:

  •  LEY 6/2009, DE 9 DE OCTUBRE, DE CREACIÓN DEL ORGANISMO AUTÓNOMO BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA.