Junta de Portavoces de la Asamblea Regional de Murcia
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La Asamblea convoca pleno para eliminar los aforamientos el día antes del debate de investidura

Junta de Portavoces de la Asamblea Regional de Murcia

La Junta de Portavoces de la Asamblea Regional de Murcia ha fijado para el miércoles, 26 de abril, a las 11 horas, una sesión plenaria en la que se procederá al debate a término fijo del proyecto de Reforma del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia de cara a eliminar los aforamientos de los que gozan los diputados regionales y los miembros del Consejo de Gobierno, recogidos respectivamente en los artículos 25.2 y 33.7*.

El plazo para la presentación de enmiendas a este proyecto de reforma avalado por las firmas de los diputados de los Grupos Parlamentarios Socialista, Podemos y Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía concluirá el lunes, 24 de abril, a las 12 del mediodía.

De aprobarse este iniciativa, la Asamblea Regional de Murcia se convertiría en el primer parlamento de España en aprobar una iniciativa encaminada a suprimir los aforamientos. No obstante, para que la reforma sea efectiva, debe ser ratificada posteriormente por las Cortes Generales, dado que el Estatuto de Autonomía es una Ley Orgánica.

El debate de investidura, en una sola jornada

El debate de Investidura se celebrará al día siguiente, jueves, 27 de abril, y se acometerá en una sola jornada, al reducir sustancialmente la Junta de Portavoces los tiempos de intervención de los oradores y los plazos recogidos en el Reglamento de la Asamblea Regional para su desarrollo.

La sesión comenzará a las 9 de la mañana, con la intervención por espacio de una hora del candidato a la Presidencia de la Comunidad Autónoma de Murcia, Fernando López Miras, diputado del Grupo Parlamentario Popular. Posteriormente se suspenderá la sesión hasta las doce del mediodía y se reanudará con la intervención de los portavoces de los Grupos Parlamentarios, que será de media hora cada una.

A las 14 horas se suspenderá nuevamente la sesión, y se reanudará a las 16,30 con la intervención del candidato por espacio de treinta minutos. Una nueva ronda de intervenciones de los portavoces parlamentarios de diez minutos cada una precederá a la intervención final del candidato, también de diez minutos, antes de proceder a la votación nominal y pública de la candidatura, que tendrá lugar a las seis de la tarde.

El candidato, Fernando López Miras, resultará elegido presidente del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Murcia si obtiene en esta primera votación el respaldo de la mayoría absoluta de los diputados, esto es, 23 diputados. En caso contrario, la Junta de Portavoces ha previsto la celebración de otra sesión plenaria al día siguiente , viernes, 28 de abril, que se iniciaría a las 11,00 horas con la intervención del candidato por espacio de diez minutos, y las de los Grupos Parlamentarios, de cinco minutos cada una, antes de proceder de nuevo a la votación, que en esta ocasión sólo precisaría de una mayoría simple.

 

* Artículos del Estatuto de Autonomía a reformar:


25.2. Gozarán, aun después de haber cesado en su mandato, de inviolabilidad por los votos y opiniones que emitan en el ejercicio de sus funciones, que se entienden asumidos, a estos efectos, desde el acto de su proclamación. Durante su mandato no podrán ser detenidos ni retenidos por los presuntos actos delictivos cometidos en el territorio de la Región, sino en caso del flagrante delito, en tanto decide el Tribunal Superior de Justicia sobre su inculpación, prisión, procesamiento y juicio. Fuera de la Región la responsabilidad penal será exigible en los mismos términos ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.


33.7. Los miembros del Consejo de Gobierno no podrán ser detenidos ni retenidos por los presuntos actos delictivos cometidos en el territorio de la Región, sino en caso de flagrante delito, en tanto decide el Tribunal Superior de Justicia sobre su inculpación, prisión, procesamiento y juicio. Fuera de la Región, la responsabilidad penal será exigible en los mismos términos ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

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