Artículo 175
Una vez cada mes los Diputados podrán formular preguntas al Presidente del Consejo de Gobierno para su respuesta oral ante el Pleno en los términos que, en su caso, se acuerden por la Junta de Portavoces. Su formulación y sustanciación se ajustarán a lo previsto en el artículo siguiente para las preguntas formuladas a los miembros del Consejo de Gobierno.