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Cartagena, 13 de Febrero de 2025

La Junta de Portavoces ha ordenado la actividad parlamentaria de la próxima semana, en la que el presidente del Consejo de Gobierno, Fernando López Miras, comparecerá ante el Pleno de la Cámara para responder a las Preguntas Orales que le formulen los portavoces de los cuatro grupos parlamentarios.

La Asamblea

  • Diputadas y Diputados regionales

    Las diputadas y diputados de la Asamblea Regional, como titulares del cargo representativo que ostentan, y con el fin de proteger el ejercicio de las funciones asignadas a la Cámara, gozan de unas garantías y derechos que se integran en el llamado estatuto del diputado, cuyas líneas básicas vienen establecidas en el artículo 25 del Estatuto de Autonomía y desarrolladas en el Título II del Reglamento de la Asamblea Regional (artículos 10 a 23).

    Aspectos esenciales de dicho estatuto son:

  • Funciones de la Asamblea

    El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia establece que la Asamblea Regional ostenta la potestad legislativa y, en el ejercicio de sus funciones, le corresponde: aprobar los presupuestos; impulsar, orientar y controlar la acción del Consejo de Gobierno y del Presidente y, en general, el ejercicio de las competencias que le confieren la Constitución, este Estatuto y demás normas del ordenamiento jurídico.