Artículo 16
Los Servicios Jurídicos serán atendidos por los letrados de la Cámara, que dependerán orgánicamente de la Secretaria General, si bien, en el desempeño de sus funciones asesoras, actuarán con entera libertad de criterio e independencia profesional.
Artículo 17
Los letrados de la Asamblea Regional tendrán los siguientes cometidos:
La asistencia y asesoramiento jurídico y técnico a las comisiones, sus mesas y ponencias, así como la redacción de las actas, dictámenes e informes respectivos, recogiendo en sus propios términos los acuerdos adoptados.
La asistencia a las sesiones del Pleno, de la Mesa y de la Junta de Portavoces, en sustitución o en apoyo del Letrado-Secretario General.
La elaboración de los dictámenes o informes que le fueran requeridos por el Presidente, por la Mesa o por el Letrado-Secretario General.
La tramitación y cumplimiento de los acuerdos tomados por las comisiones y, en su caso, por los otros órganos parlamentarios a cuyas sesiones asistieren y la expedición de las certificaciones correspondientes.
La custodia de las actas y demás documentos referentes a los asuntos de que conocieran las comisiones.
En coordinación con los Servicios Administrativos, de Mantenimiento y de Salud Labora, la ordenación y supervisión de los trabajos preparatorios o de desarrollo de la actividad parlamentaria.
Garantizar, en coordinación con el Servicio de Gestión Parlamentaria, Publicaciones y Archivo, la supervisión y corrección de los textos y documentos publicados en el Boletín Oficial de la Asamblea Regional y en el Diario de Sesiones.
La defensa de la Cámara ante el Tribunal Constitucional y ante los órganos jurisdiccionales, a reserva de lo que la Mesa pudiera disponer en cada caso.
La realización de cualesquiera otras funciones de asistencia o de asesoramiento, estudio y propuesta que les fueren encomendados por el Presidente, la Mesa u otros órganos parlamentarios o por el Letrado-Secretario General.
La adscripción de los letrados a las comisiones se efectuará por el Presidente oído el Letrado-Secretario General.