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Diputadas y Diputados regionales

Las diputadas y diputados de la Asamblea Regional, como titulares del cargo representativo que ostentan, y con el fin de proteger el ejercicio de las funciones asignadas a la Cámara, gozan de unas garantías y derechos que se integran en el llamado estatuto del diputado, cuyas líneas básicas vienen establecidas en el artículo 25 del Estatuto de Autonomía y desarrolladas en el Título II del Reglamento de la Asamblea Regional (artículos 10 a 23).

Aspectos esenciales de dicho estatuto son:

Órganos de la Cámara

Dentro de los órganos de la Cámara cabe diferenciar aquéllos que pueden considerarse órganos rectores o de gobierno, cuya finalidad es la ordenación de los procedimientos parlamentarios y su tramitación, así como las funciones de representación, dirección y régimen interior de la Cámara. Por otro lado, están los órganos funcionales que configuran su voluntad a través del debate y votación de los asuntos que son sometidos a su consideración.

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