Octubre 1.996
En la ciudad de Cartagena, el día 3] de octubre de 1.996, reunidos, de una parte, el Excmo. Sr. don Francisco Celdrán Vidal, Presidente de la Asamblea Regional de Murcia, y de otra, don Antonio Pérez Crespo, Presidente de la Fundación "Centro de Estudios Históricos e Investigaciones Locales de la Región de Murcia,
EXPONEN
La Asamblea Regional, como legítima representante del pueblo de la Región de Murcia, siempre ha manifestado y puesto en práctica, desde el momento mismo de su constitución, el decidido propósito de colaborar, en la medida de lo posible y de forma acordada a su naturaleza y fines, con cuantas instituciones y entidades se hallen dedicadas a la investigación, fomento y difusión de la cultura, en cualquiera de sus facetas o modos de expresión, contribuyendo de esta forma a la conservación y al desarrollo del patrimonio histórico, artístico, literario y científico de la Región.
Entre las citadas instituciones figura la reciente creada Fundación "Centro de Estudios Históricos e Investigaciones Locales de la Región de Murcia", de cuya trascendencia, así como de la relevancia de su quehacer, sugeridas ya por su propia denominación, puede dar fe el catálogo de los cometidos que asume, según la enumeración que de ellos hacen los estatutos por que se rige.
Consciente de la importancia de esa labor, la Mesa de la Cámara, en sesión celebrada el día 28 de febrero de 1.995, al tiempo de aceptar que su Presidente ejerciese la Presidencia de Honor de la Fundación, tomó el acuerdo de coadyuvar a la realización de los fines fundacionales mediante el oportuno instrumento de colaboración, de conformidad con lo que los promotores de aquella institución habían previamente interesado.
Así, pues, con fundamento en lo que antecede, ambas partes, reconociéndose mutuamente la necesaria capacidad para efectuado, y en la representación que de manera respectiva ostentan, proceden a la formalización del presente convenio, con arreglo a las siguientes
BASES
La Asamblea Regional de Murcia y la Fundación "Centro de Estudios Históricos e Investigaciones Locales de la Región de Murcia” adquieren el compromiso recíproco de colaborar conjuntamente en la realización de aquellas actividades que, estando abarcadas por el campo de acción que a la institución fundacional le marcan sus estatutos, guarden consonancia y sean compatibles con las funciones esenciales de la Cámara parlamentaria.
Para la efectividad del acuerdo de colaboración, en la parte que incumbe a la Asamblea Regional, ésta contribuirá anualmente con la cantidad de doscientas cincuenta mil (250.000) pesetas, y, a tal fin, se compromete a consignar en sus presupuestos el crédito necesario.
La contribución económica dela Asamblea sera aplicada por la Fundación, que a ello se obliga, a la financiación de actividades del tipo de las mencionadas en la base primera, y, en particular, de las siguientes, que se señalan a título meramente indicativo:
Organización de seminarios, jornadas, mesas redondas, conferencias y actos similares, que versen sobre las materias a que se extienden los cometidos de la Fundación.
Publicación de los trabajos que sean objeto de resultado de los actos antedichos, y la de cualesquiera otros derivados de la labor de estudio o investigación que, a juicio de la Comisión Mixta a que alude la base sexta, pudieren coadyuvar al mejor cumplimiento de los objetivos que con este convenio se persiguen.
Sin perjuicio de compromisos análogos que la Fundación tuviese contraídos con otras instituciones colaboradoras, las publicaciones citadas en la base anterior habrán de contener, suficientemente destacada, la referencia a la colaboración de la Asamblea Regional.
Igualmente, los actos que en la misma base se indican deberán realizarse en la sede parlamentaria, cuando mediare partición formal de la Cámara, la cual, a estos efectos, habilitará los locales y los medios técnicos o de asistencia que fueren precisos en cada caso.
La Fundación se compromete a prestar el asesoramiento o a facilitar la información que la Asamblea Regional le solicitare acerca de las materias que conforman el ámbito de actuación de aquella entidad.
Para garantizar el adecuado cumplimiento de este convenio y para supervisar su desarrollo, se constituirá una Comisión Mixta, integrada por tres representantes de la Asamblea Regional, designados por su Presidente, oída la Mesa de la Cámara, y tres de la Fundación, nombrados por el competente órgano de gobierno.
En concreto, y al margen de aquellas otras cuya asunción viniere aconsejada o impuesta por la experiencia, serán funciones de la Comisión A Mixta:
La elaboración del programa anual de actividades conjuntas.
El examen y la valoración de los resultados deducidos de la ejecución del programa.
Cuando la índole de las actividades precitadas lo requiera, la Comisión, por acuerdo de ambas representaciones, podrá disponer la creación de grupos técnicos de trabajo, encargados de llevarlas a cabo.
El presente convenio regirá durante el año 1.996, si bien será susceptible de prórroga por periodos anuales sucesivos.
La prórroga se entenderá tácitamente producida si ninguna de las partes denunciare el convenio con una antelación mínima de dos meses respecto a la fecha de vencimiento del período inicial de vigencia o, en su caso, del de cualquiera de las prórrogas ulteriores.
Para la debida constancia y oportunos efectos, y en prueba de conformidad, ambas partes firman el convenio, que se extiende por duplicado, en el lugar y fecha que al principio se consignan.
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA REGIONAL: Francisco Celdrán Vidal EL PRESIDENTE DE LA FUNDACIÓN: Antonio Pérez Crespo